La importancia de disponer de una Hacienda Autónoma La importancia de disponer de una Hacienda Autónoma Mª Carmen Gallastegui * Sakatu Autonomi Estatutua kontsultatzeko * Pulse para consultar el Estatuto de Autonomía El Estatuto de Gernika regula las relaciones generales entre el País Vasco y el Estado Central y establece, entre otras cosas, que "para poder financiar adecuadamente sus funciones el País Vasco tendrá su propia Hacienda Autónoma (art. 40). A su vez el art. 41, establece que "las relaciones fiscales y financieras entre el Estado y el País Vasco se regularán por medio del Concierto Económico". Estas dos piezas legales son, junto con la Ley de Territorios Históricos, elementos determinantes tanto desde el punto de vista político como desde el económico. El actual Concierto Económico no es nuevo; constituye el número dieciocho de una serie que comenzó en 1878 y que proporciona un grado de autonomía a la Comunidad Autónoma del País Vasco muy especial . De hecho podría afirmarse que el sector público de Euskadi dispone de casi todos los instrumentos de política económica que corresponden normalmente a un Estado Central; la excepción más obvia la constituyen la política monetaria y la cambiaría, políticas que, en cualquier caso, ya no son ejercidas por los Estados sino por las instituciones Comunitarias. Desde otra perspectiva, el Estatuto y el Concierto implican que las relaciones que Euskadi mantiene con el Estado son, en cierto sentido, las que hubieran existido en una organización Confederal más que las correspondientes a una organización Federal. Centrándonos en el Concierto Económico quizá merezca la pena destacar que reúne, entre otras, las siguientes características: El Concierto permite que las instituciones de los Territorios Históricos tengan poder regulador sobre los impuestos pudiendo desarrollar su propio sistema fiscal aunque con algunas limitaciones debidas a la armonización. El sistema de concierto implica un riesgo unilateral.Los ingresos fiscales del País Vasco pertenecen a las Instituciones Vascas y el Estado Central no participa en la gestión de los mismos . Esto quiere decir que existe un claro incentivo hacia la buena gestión por cuanto que la mala se ve directamente penalizada con una disminución en el monto total de los ingresos disponibles para ejercer las competencias asumidas. Además la Hacienda Vasca conoce de primera mano la influencia ejercida por los ciclos económicos, tanto sobre los ingresos como sobre el gasto, y que ambas magnitudes no sólo dependen de su política discrecional sino de los avatares del contexto macroeconómico y de la evolución de otras variables relevantes. La autonomía tanto normativa como de gestión que el Concierto permite ha sido y va a seguir siendo tremendamente importante; ha servido, entre otras muchas cosas, para incentivar fiscalmente a la inversión, para aprobar nuestra propia normativa en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades o incluso en el plano financiero para crear figuras alternativas. Pero es que, en el futuro, la posibilidad de diseñar la política fiscal de forma autónoma va a ser todavía más determinante dado que, en la Europa de la moneda única, la política fiscal constituye prácticamente el único margen de maniobra disponible para que cada ente público ejercite sus propias políticas. Como lo esperable es que no todas las economías evolucionen de forma sincronizada sino que se produzcan asimetrías el disponer de instrumentos autónomos de actuación se hace imprescindible. Por otro lado es evidente que el Concierto y el Estatuto han permitido que el papel protagonizado por el Sector Público Vasco en la CAPV adquiera un gran protagonismo. Los datos y los hechos así lo atestiguan. Existe un reconocimiento implícito, y en ocasiones explícito, de que el diseño actualmente vigente representa un ejemplo de articulación de relaciones fiscales y financieras, entre ámbitos distintos de Gobierno, que satisface los requisitos que en Europa seestán barajando como formas alternativas de institucionalización. Está cuestión, compleja y de gran relevancia, requiere ser tratada con un mínimo de precisión, lo que es una quimera en este breve espacio. Pero si mencionaré que existen razones clave, como la heterogeniedad de gustos entre los ciudadanos o la información asimétrica entre el centro y las jurisdicciones que contribuyen a justificar el modelo descentralizado que el Estatuto y el Concierto Económico propician. Además, la necesidad de tener gobiernos fiables, la incertidumbre acerca de la condiciones locales o acerca de los efectos de nuevas políticas constituyen elementos que apoyan la presunción de que la descentralización de competencias y de fuentes de recursos está plenamente justificada. Podemos pues concluir, basándonos tanto en argumentos teóricos como en la experiencia vivida, que el disponer de una Hacienda Autónoma constituye un acerbo de indudable valor para el logro de un progreso económico equilibrado y sostenible. La Comunidad Autónoma del País Vasco y Navarra disponen de instrumentos económicos, fiscales y financieros que les han permitido hacer frente a problemas acuciantes. El reto para el futuro está bien claro. Es preciso mantenerlos, refórmarlos en lo que sea preciso, y hacerlos operar eficazmente en el foro Europeo. Mª Carmen Gallastegui Zulaica, Catedrática de Análisis Económico por la UPV EHU Euskonews & Media 51.zbk (1999 / 10 / 22 29) Eusko Ikaskuntzaren Web Orria
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