317 Zenbakia 2005-10-07 / 2005-10-14
En marzo de 2000, el Consejo Europeo de Lisboa, adoptó como objetivo estratégico “hacer de la Unión Europea, para 2010, la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social”.
En marzo de 2001 el Consejo Europeo adoptó tres objetivos estratégicos (y trece objetivos precisos complementarios) que deben alcanzarse antes de que concluya 2010: los sistemas de educación y formación deberán combinar calidad, accesibilidad y apertura al mundo. Un año más tarde, el Consejo aprobó un “Programa1 de trabajo detallado” para alcanzar dichos objetivos.
La Comunicación de la Comisión de 11 de noviembre de 2003, COM(2003) 685 final, “EDUCACIÓN Y FORMACIÓN 2010”, URGEN LAS REFORMAS PARA CORONAR CON ÉXITO LA ESTRATEGIA DE LISBOA (Proyecto de informe intermedio conjunto sobre la ejecución del programa detallado relativo al seguimiento de los objetivos de los sistemas de educación y formación en Europa), señala que los Estados miembros no han realizado los avances suficientes para alcanzar dichos objetivos. Foto: Dave Wicks (http://www.opticgroove.com).
Dada la proximidad de 2010, la Comisión Europea considera indispensable activar simultáneamente y desde ahora, cuatro resortes prioritarios: concentrar las reformas y las inversiones en los puntos clave hacer del aprendizaje permanente una realidad concreta construir por fin la Europa de la educación y la formación otorgar el lugar que le corresponde al programa “Educación y Formación 2010”
En el ámbito del aprendizaje permanente, y tomando como referencia los resortes señalados anteriormente, en la Comunidad Autónoma del País Vasco:
1. Se han de impulsar dinámicas de APRENDIZAJE PERMANENTE Y DE FORMACIÓN CONTINUA para todos los colectivos: niños y niñas, jóvenes, trabajadores y trabajadoras, personas de la tercera edad:
- basadas en estrategias globales coherentes y concertadas en todos los agentes que intervienen en ellas, teniendo como referencia el Libro Blanco del Aprendizaje Permanente
- que concentren sus esfuerzos en los grupos más desfavorecidos, procurándoles un acceso equitativo a la adquisición de capacidades y motivándoles para que tomen parte en el aprendizaje, facilitando así la cohesión social
- basadas en referencias europeas y principio europeos comunes
- que refuercen la ciudadanía activa, potenciando los valores y la participación democrática y el espíritu crítico
En particular, en relación con la Formación Continua se ha de potenciar el marco autónomo para el desarrollo de la formación continua que nace de la acción concertada de los agentes sociales, materializada en el vigente Acuerdo Interprofesional sobre Formación Continua para la Comunidad Autónoma del País Vasco suscrito al amparo del artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores, como garantía para mantener una fuerza del trabajo cualificada y preparada para responder a los retos de una economía en permanente cambio. Esta formación ha de ser financiada regularmente, exigiendo al Gobierno del Estado el retorno del equivalente recaudatorio de las cuotas que para su formación ingresan los/as trabajadores/as y los/as empresarios/as vascos/as.
Por otro lado, el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, regula ayudas para la realización de actuaciones a lo largo de la vida, con la finalidad de promover la ciudadanía activa, aumentando el nivel de conocimientos, competencias y aptitudes de las personas adultas, con especialmente atención a los grupos más desfavorecidos. En este Decreto se contempla la figura de “mediador/a del aprendizaje” que tiene entre otras las funciones de:
- asesorar y orientar a las personas de su ámbito geográfico, con especial atención a los colectivos más desfavorecidos, sobre las posibilidades formativas existentes, tanto presenciales como online
- realizar una labor preactiva para el impulso y el estímulo de actuaciones relacionadas con el aprendizaje a lo largo de la vida, tanto en lo que se refiere a la oferta como a la demanda
Esta figura del “mediador/a del aprendizaje” fue señalada como ejemplo de buena práctica en el Documento de Trabajo de los Servicios de la Comisión “Aprendizaje Permanente: prácticas e indicadores”, SEC (2001) 1939, (DOCE de 21.11.2001).
2. Se han de establecer mecanismos de reconocimiento de los aprendizajes no-formales e informales. Ello además de contribuir a elevar la motivación por el aprendizaje permanente de las personas contribuirá también al proceso europeo de transparencia de las cualificaciones, lo cual facilitará la movilidad territorial de los/as estudiantes y los/as trabajadores/as. Si las personas interesadas no ven el valor que para ellas supone seguir aprendiendo, será difícil que hagan el esfuerzo necesario para alcanzar la mejora de los niveles de formación que exige la sociedad del conocimiento.
3. Se ha de reforzar la integración efectiva de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación
- fomentando la alfabetización digital, y contribuyendo de esta manera a intensificar la cohesión social, el desarrollo personal e impulsar el diálogo intercultural
- aprovechando el potencial del aprendizaje electrónico para acercar el aprendizaje a la ciudadanía, mejorar la calidad de la educación, su dimensión europea y la apertura de los centros al mundo
Las conclusiones del Consejo de Educación y Juventud celebrado en Bruselas en noviembre de 2003 ha subrayado la importancia del “Programa2 2004-2006 e-learning” con el objetivo de integrar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas educativos y formativos europeos. Foto: Henry Piek.
En ese sentido, se ha puesto en marcha el portal de aprendizaje permanente www.hiru.com con el objetivo de elevar el nivel de conocimientos, competencias y aptitudes de la población vasca en general, acercando el aprendizaje a las personas y adaptándose a sus necesidades de aprendizaje
4. Se ha de impulsar el aprendizaje de idiomas por parte de la ciudadanía vasca
- animando y posibilitando que cada persona aprenda al menos otra lengua, además de las dos oficiales de la Comunidad Autónoma, y concienciar de la importancia del aprendizaje de idiomas a todas las edades
- fomentando que las escuelas y centros de formación empleen métodos de enseñanza y formación eficaces y motiven a sus alumnos y alumnas para que sigan estudiando idiomas en etapas posteriores de su vida
En este marco se ha de destacar el “Plan de Acción3 sobre aprendizaje de idiomas y diversidad lingüística”. Los objetivos que pretende alcanzar este plan son básicamente tres: aprendizaje de idiomas continuo, mejora de la enseñanza de idiomas y creación de un ambiente favorable continuo.
Por ello, también a través del portal www.hiru.com, se proporcionan instrumentos de autoaprendizaje on-line, con seguimiento del aprendizaje y tutorización.
5. Se ha de aumentar la movilidad y los intercambios, ya que ello contribuirá a que
- los jóvenes aumenten sus competencias personales y sus capacidades de acceso al mundo del trabajo
- los profesores y profesoras enriquezcan su experiencia y mejoren su competencia
- arraigue la conciencia de ciudadanía europea
La movilidad europea de los jóvenes estudiantes de formación profesional de esta Comunidad Autónoma, a través de la participación en el programa europeo Leonardo da Vinci, es elevada y de calidad, siendo esta Comunidad Autónoma una de las que mayor número de certificados “Europass-Formación”4 han tramitado en todo el Estado.
6. Participación en dos importantes redes europeas en el ámbito del aprendizaje a lo largo de la vida : . EARLALL – Asociación Europea de Autoridades Regionales y Locales para el Aprendizaje Permanente, que entre otros trabajos, colabora con la Comisión Europea en relación con la estrategia europea de “valorización de productos del programa europeo de Formación Profesional Leonardo da Vinci” . ELAP – European Learning Account Project, cuyos trabajos sobre cofinanciación del aprendizaje a lo largo de la vida han sido seguidos y tenidos en cuenta tanto por la OCDE como por la Comisión Europea. 1 Programa de trabajo detallado para el seguimiento de los objetivos concretos de los sistemas de educación y formación en Europa – (2002/C 142/01) – DOCE de 14.6.2002 2 Decisión 2318/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de diciembre de 2003 (DOCE de 31.12.2003) por la que se adopta un programa plurianual 2004-2006 para la integración efectiva de las TIC en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning) 3 Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones – Promover el aprendizaje de idiomas y la diversidad lingüística: Un Plan de acción 2004-2006 – COM(2003) 449 final , de 24.07.2003 4 “Europass-Formación” es un certificado establecido por la Decisión del Consejo de 21 de diciembre de 1998, (DOCE de 22.1.1999) sobre la promoción de los itinerarios europeos de formación en alternancia, incluido el aprendizaje, que reconoce las estancias formativas realizadas en otro país miembro, ligadas a la formación recibida en el país de origen