562 Zenbakia 2011-01-14 / 2011-01-21
Aprovechando la oscuridad de la noche, en días señalados, niños, hombres y mujeres la —mayoría mujeres— salían de sus casas a veces «invisiblemente», a veces «en figura de gato o de perro», y acudían volando a la reunión, al akelarre —a hombros unos de otros o sobre cabras—, gracias a los unguentos mágicos que se ponían en diferentes partes del cuerpo. Congregados en campos y prados señalados —como el de Berroscoberro de Zugarramurdi o el de Aquelerraea en Inza— eran presididos por un hombre negro que representaba al diablo, al que adoraban besándole en la mano y en el trasero y renegaban de Dios. En aquella celebración bailaban y danzaban al son de rabeles y tamboriles y se entregaban a sus orgías. Los miembros de aquellos grupos eran maestros en la elaboración de ponzoñas, los sapos como materia prima. Con polvos y brebajes mataban a sus víctimas —especialmente niños recién nacidos— o malograban las cosechas y ganados de sus vecinos. Estos temibles personajes eran los brujos y brujas, miembros de una secta organizada que jamás existió, cuyos fantasiosos relatos, alimento de mentes crédulas, sirvieron de excusa para el inicio de una persecución irracional, que culminó con el triste proceso de Zugarramurdi de 1609. 1. Los cuatro momentos de la persecución de la brujería en la Navarra moderna
Pueden establecerse cuatro hitos de la caza de brujas en la Navarra de los siglos XVI y XVII. El primero se concentró en torno a 1525, especialmente en los valles del Roncal y del Salazar. En este caso las fuentes son imprecisas y nos hablan de entre uno o dos centenares de implicados, de los cuales entre 30 y 40 sufrieron los rigores de la pena de muerte, especialmente la ejecución pública que se vivió el 19 de junio de ese año en la localidad de Burguete. Por las mismas fechas —ahora en el verano de 1525— asistimos a la caza de brujos en las localidades de Ituren, Zubieta y Urroz de Santesteban. Cerca de 400 personas fueron examinadas por una «catadora de brujos» que advirtió la huella del diablo en una docena de personas, y cuatro de ellas fueron juzgadas. La segunda oleada tuvo lugar en torno a a la década de los cuarenta del siglo XVI, de nuevo en los valles del Roncal y de Salazar, que culminaría con un auto de fe en Pamplona en 1540, en donde fueron reconciliados cerca de medio centenar de sospechosos.
El mapa recoge los pleitos por brujería en Navarra en los siglos XVI y XVII.
Autor: Jesús Mª Usunáriz
Si bien en 1569 la audiencia episcopal de Pamplona inició un proceso contra varios vecinos de Burgui, la tercera etapa en la caza de brujas tuvo lugar en torno a los años 1575-1577, con la localidad de Anocíbar, en el valle de Odieta, como epicentro. En este lugar, el testimonio de dos niños, Miguelico y Martinico, y la denuncia del párroco, fueron la base para que tres personas fueran juzgadas y condenadas a muerte por los tribunales reales, dos de las cuales serían ejecutadas —primero agarrotadas y después quemadas— en el prado de la Taconera de Pamplona. Tras Anocíbar, se incoaron por las mismas fechas procesos contra brujos de Olagüe, Guerendiain, Elso, Urrizola, Urdiain, Huarte-Araquil, Burguete, en tierra Estella (San Martín de Améscoa, Piedramillera y Mues), y otros. Similar sería el proceso más tardío (1595) de Inza, en el valle de Araiz. Al mismo tiempo que los tribunales reales, también actuó la Inquisición, que llevó a cabo una importante campaña en los valles de Larraun, Burunda, Aézcoa y Roncal.
La última fase de la persecución se desarrolló en torno a los años 1609-1612. La denuncia a la Inquisición en el otoño de 1609 desató la caza en Zugarramurdi y en Urdax: 31 personas fueron sentenciadas en el auto de fe de Logroño del 7 y 8 de noviembre de 1610. Pero tras ello, y en los meses que siguieron, se desató la histeria colectiva: 1.558 personas (287 brujos confesos y 1.271 sopechosas de brujería), el 25,8% de la población de estos lugares (del Baztán, Cinco Villas, valle de Santesteban y otros) estuvo implicado en «la gran persecución». Tras esta gran oleada, apenas se registra en Navarra una quincena de casos en los tribunales reales e inquistoriales. 2. La actuación de los tribunales y la actitud de la comunidad
Lo primero que hay que resaltar es que la Inquisición no fue el único tribunal responsable de la caza de brujas. En efecto, hay que hablar de multiplicidad de jurisdicciones —tribunales reales, Inquisición, audiencia episcopal— puesto que este delito —la brujería, la hechicería, la magia— era definido como delito de fuero mixto, y por tanto cualquier tribunal podía intervenir. No obstante estos tribunales no tuvieron el mismo nivel de participación e incluso se puede establecer una evolución. La audiencia episcopal de Pamplona apenas intervino —salvo el caso sonado de Burgui de 1569—. Los tribunales reales desempeñaron una intensa labor, casi en exclusiva, en los años 20 del siglo XVI, en un momento, en el que el tribunal inquisitorial de Navarra se estaba recomponiendo —su traslado a Calahorra—. En los años 30 y 40 del siglo XVI actuaron paralelamente las instancias seglares e inquisitoriales. Algo que también ocurrió en la década de los 70, aunque se observa un protagonismo creciente del tribunal inquisitorial —ahora con sede en Logroño—, lo que provocó fricciones con las competencias de los tribunales navarros. Pero en el siglo XVII, en 1609, en el gran proceso de Zugarramurdi, el papel exclusivo en la caza de brujos lo tuvo la Inquisición.
Al margen de estos tribunales, ¿hubo una justicia popular? Contamos con algunos testimonios de cómo algunos regidores y vecinos de algunas localidades, llevaron por su cuenta una persecución de brujas —como por ejemplo en Elgorriaga en 1611— a las que vejaron y humillaron públicamente, en medio de un clima propiciatorio para la venganza, especialmente palpable en la causa de Zugarramurdi.
¿Cuáles fueron las penas contra los brujos y las brujas de los tribunales? Si nos centramos en las tres primeras etapas citadas ambos tribunales (reales, inquisitorial) trataron un número similar de procesos, y se constata, como en otras partes, que la justicia seglar fue mucho más dura, pues en el 50% de las causas las condenas son a muerte. No obstante, con Zugarramurdi, la Inquisición actuó severamente: de los 31 brujos condenados en 1610 por el tribunal inquisitorial de Logroño, 5 fueron reconciliados y condenados a prisión perpetua, 8 fueron reconciliados en efigie y 5 relajadas en efigie —pues habían muerto durante el proceso—, y 6 relajados quemados en persona, mientras que el resto, 7, fue reconciliado y condenado a penas de cárcel y/o destierro. 3. Escepticismo o credulidad
Durante bastante tiempo todos los tribunales, especialmente los eclesiásticos, se movieron en la incertidumbre a la hora de abordar la cuestión de las brujas. Algunos de los miembros de la Inquisición fueron críticos y escépticos ante los casos denunciados. De hecho, al menos en lo que fue la actividad del tribunal de Logroño la condena a la relajación —a muerte— por delito de brujería solo se dio, para Navarra, en el caso de Zugarramurdi de 1609-1610. Al contrario, en los tribunales reales, los fiscales del reino tomaron al pie de la letra las oníricas declaraciones de testigos muy poco fiables. Frente a ellos, las defensas de los encausados, se adhirieron a las premisas de lo que podríamos llamar corriente escéptica, que consideraba, como el doctor Goñi, del Consejo Real, que aquello de las brujas «era más fición de sueños que verdad».
Este escepticismo estaría presente también en el proceso de Zugarramurdi, en donde asistiremos a «la batalla de las brujas» en donde algunos inquisidores y autoridades locales que creían en la existencia de la secta, se enfrentaron a hombres como el obispo de Pamplona, los sacerdotes de Echalar…; y por supuesto, contra el que ya es nuestro abogado de las brujas, el inquisidor Salazar, inspirador de las instrucciones del Consejo de la Inquisición de 1614, que supusieron un replanteamiento radical y racional ante el fenómeno de la brujería. Esa fue la gran lección tras aquel trágico episodio: a partir de ese momento, la realidad fue otra y las causas de brujos y brujas prácticamente desaparecieron de los tribunales.
Bibliografía
Henningsen, Gustav, The Salazar documents: Inquisitor Alonso de Salazar Frías and others on the Basque witch persecution, Boston, Brill, 2004.
Henningsen, Gustav, El abogado de las brujas. Brujería vasca e Inquisición española, Madrid, Alianza, 2010 (1º ed. en castellano, 1983).
Idoate, Florencio, La brujería en Navarra y sus documentos, Pamplona, Institución Príncipe de Viana, 1978.
Reguera, Iñaki, La Inquisición española en el País Vasco: el tribunal de Calahorra, 1513-1570, San Sebastián, Txertoa, 1984.