| Breve 
 historia de la Casa de Expósitos de Vizcaya (1883-1984) | 
| Mª 
 del Mar Varillas Martín | 
Durante 
 siglos, la población, que ignoraba la forma de controlar 
 los embarazos no deseados, abandonaba a estos recién nacidos 
 en las puertas de los conventos, con la esperanza de que fueran 
 recogidos por caridad, cuando no existía franca intención 
 infanticida. Muchos de ellos, de conseguir sobrevivir, pasarían 
 a engrosar las filas de la mendicidad y, sin protección 
 familiar, sufrirían todo tipo de maltratos por parte de 
 la población que les negada, incluso, el derecho a ganarse 
 la vida. 	Desde los tiempos 
 de la Ley de Partida del Código de Alfonso X, el Sabio, 
 se penaba a los padres que abandonaban a sus hijos, a perder para 
 siempre la patria potestad sobre ellos. Pero, en el siglo XVII 
 comenzaron a separarse los conceptos de abandono y exposición, 
 y surgió un nuevo término, "expósito", 
 que identificaba a los niños expuestos o abandonados en 
 el "torno" de la beneficencia para que la caridad pública 
 se hiciera cargo de ellos. En el siglo XVIII, la legislación 
 comenzó a admitir la posibilidad de devolver los hijos 
 expósitos a los padres que los reclamaran, si alegaban 
 que los abandonaron por encontrarse en "alguna necesidad 
 extrema" y abonaban los gastos ocasionados. 
|  |  | Foto: 
 Marqués St. Mª del Villar. Enciclopedia Auñamendi. |  	En 1794, se descentralizó 
 la ubicación de las inclusas, y los expósitos vizcaínos 
 comenzaron a enviarse a Calahorra, mejorando las condiciones previas, 
 cuando eran conducidos hasta Zaragoza y la mayoría se moría 
 por el camino. Finalmente, en 1806, se encargó a la Diputación 
 de Vizcaya el amparo de los huérfanos de la provincia, 
 concediendo para su mantenimiento ingresos benéficos de 
 escasa cuantía. 	Entre los años 
 1807 y 1843, la Diputación vizcaína recogió 
 una media de 124 niños abandonados por año. Por 
 aquel entonces, los conocimientos sobre nutrición infantil 
 eran escasos y los trastornos gastro-intestinales motivaban que 
 sólo sobrevivieran los niños que recibían 
 lactancia natural, lo que evidenciaba la necesidad de nodrizas 
 en la sociedad. Por esta razón, la Diputación llegó, 
 desde el principio, a un acuerdo económico con las nodrizas 
 para que criaran a los expósitos en sus aldeas y acudieran, 
 mensualmente, a Bilbao a cobrar su salario de lactancia. 	No fue hasta 
 1845, cuando se redactó el primer "Reglamento para 
 el régimen y administración del Establecimiento 
 de niños expósitos de la provincia de Vizcaya", 
 donde se explicaba que la Casa de Lactancia de Bilbao acogía 
 tanto a los niños abandonados en los pueblos como a los 
 depositados en el torno del Establecimiento, procedieran de familias 
 pobres o fueran hijos ilegítimos, donde recibirían 
 lactancia natural y cuidados médicos hasta que pudieran 
 ser colocados con nodrizas externas. La dirección del Establecimiento 
 recaía en una Junta de Caridad, que se reunía, en 
 pleno, una vez al mes, mientras uno de sus miembros visitaba el 
 Establecimiento a diario. Se describían los requisitos 
 exigidos a las nodrizas externas o internas, y los salarios de 
 lactancia que percibirían hasta que los niños cumplieran 
 los siete años de edad, así como, la forma de prohijarlos 
 si deseaban quedarse con ellos para siempre. El prohijamiento 
 era una fórmula incompleta de adopción, que comprometía 
 a los interesados a tratar a los expósitos como a hijos 
 propios, pero, también a devolverlos a los padres naturales, 
 si algún día los reclamaban. Se nombraba a los alcaldes 
 y párrocos de los pueblos comisionados al cuidado de los 
 expósitos de su localidad, para denunciar, si era preciso, 
 los casos de maltratos, y para seleccionar a las futuras nodrizas. 
 Y se instaba a los médicos de los pueblos a atender las 
 enfermedades de los expósitos, por lo que serían 
 recompensados a finales de año. 	Pero, durante 
 todo el siglo XIX, los recursos benéficos fueron embargados, 
 en varias ocasiones, para el mantenimiento de la Guerra de la 
 Independencia de Francia y las Guerras Carlistas. Por eso, no 
 es de extrañar que, en ocasiones, las nodrizas se manifestaran 
 delante de la Diputación exigiendo sus salarios, o que, 
 los miembros de la Junta Directiva presentaran continuamente su 
 dimisión. 	Así llegamos 
 a 1878, cuando la Casa de Lactancia de Bilbao estaba ubicada en 
 un piso alquilado y mal acondicionado, que contaba con sólo 
 10 camas, y donde 4 nodrizas amamantaban a 30 niños. 	Se atribuye a 
 la insistencia del párroco D. Lorenzo de Castañares, 
 Vicepresidente de la Junta Directiva de Expósitos, que 
 convenció al Presidente de la Diputación, y por 
 ende, Presidente de la Junta Directiva de Expósitos, D. 
 Benigno Salazar, para destinar los donativos aportados por la 
 población, durante tantos años, a favor de los niños 
 expósitos, a la construcción de un edificio en condiciones 
 donde albergarlos. 	Así, el 
 8 de Diciembre de 1883, se inauguró oficialmente la Casa 
 de Expósitos de Vizcaya, que contaba con 3 plantas y capacidad 
 para más de un centenar de niños. 	Durante los primeros 
 años los problemas continuaron. Se descubrió que, 
 algunos administrativos hacían especulaciones deshonestas, 
 por lo que fueron retirados del cargo. Se observó que, 
 algunas familias prohijaban expósitos, no para satisfacer 
 sus deseos de descendencia, puesto que ya tenían abundantes 
 hijos, sino para utilizarlos de sirvientes. 	Así mismo, 
 la devolución de los hijos naturales a los padres que los 
 reclamaban resultaba incierta por la vaguedad de los datos identificativos. 
 Como la exposición era anónima, solo quedaba constancia 
 en el libro del torno, que tal día y a tal hora había 
 sido depositado un niño, sin nombres ni apellidos, que 
 vestía tal ropa, llevaba una medalla de la Virgen y portaba 
 entre la vestimenta un papel manuscrito con escasa información. 
 El Establecimiento, que mantenía el más absoluto 
 secreto sobre el destino de dado a los expósitos, para 
 evitar problemas entre nodrizas y padres naturales, y advertía 
 a estos últimos que no volverían a tener noticias 
 de sus hijos hasta que no los reclamaran formalmente, guardaba 
 todas las señas de la exposición, los inscribía 
 con nombres y apellidos ficticios, que hacían referencia 
 al santo del día y al pueblo donde habían sido encontrados, 
 y les otorgaban un número de identificación, que 
 debían de llevar siempre en el plomo que pendía 
 de su cuello. De esta forma ocurrió que, personas próximas 
 a la madre que conocían los detalles de la exposición, 
 reclamaron la devolución de supuestos hijos de los que 
 no eran los padres, o que la madre, con el paso del tiempo, olvidaba 
 o equivocaba las señas. 	Para subsanar 
 estas deficiencias, a finales del siglo XIX, se reformó 
 el Código Civil, obligando a inscribir a todos los recién 
 nacidos en el Registro Civil, así como, a guardar en sus 
 oficinas las señas particulares de los expósitos 
 para futuras identificaciones. Además, las nuevas disposiciones 
 legales, separaban claramente la asistencia social que los Ayuntamientos 
 prestarían a los hijos legítimos de familias pobres 
 y la Diputación a los hijos ilegítimos. 	Consecuentemente, 
 en 1890, se reformó el Reglamento de la Casa de Expósitos, 
 declarando, por primera vez, que su finalidad era amparar exclusivamente 
 a los hijos ilegítimos, y que los padres deberían 
 probar que los expósitos que reclamaban eran sus hijos, 
 acudiendo previamente al Registro Civil a legitimarlos. También, 
 se introducían otras mejoras. En adelante, se preferiría 
 a las nodrizas que hubieran perdido a sus propios hijos en periodo 
 de lactancia, para que cuidaran mejor a los expósitos. 
 Sólo se concedería un niño por familia, en 
 periodo de crianza o prohijamiento, exigiendo a los interesados 
 una conducta moral intachable y medios económicos suficientes 
 para alimentarlos y educarlos conforme a la clase social de la 
 familia. Y, para comodidad de las nodrizas, un habilitado se desplazaría, 
 trimestralmente, por los pueblos efectuando los pagos de lactancia. 	En 1895, se construyó 
 la Casa de Maternidad, aledaña a la de Expósitos, 
 donde las solteras deshonradas, que sufrían, lo mismo que 
 sus hijos, la discriminación social, esperaban escondidas 
 el momento del parto, para después, dejar a sus hijos abandonados 
 en la Casa de Expósitos, donde, si querían, podían 
 trabajar como nodrizas internas. 	Por estas fechas, 
 el Establecimiento se quejaba de que cada vez eran más 
 los niños abandonados. Así, entre 1897 y 1901 recogieron, 
 de media, 304 niños por año, y entre 1909 y 1913, 
 casi uno por día, en concreto 359, de media, al año. 
 Se sospechaba que la mitad de ellos eran legítimos, para 
 los que existían otros organismos de asistencia, pero sólo 
 se desvelaba su origen cuando los padres los reclamaban, ya que 
 era incompatible con el carácter de la Institución 
 pedir a los usuarios del torno la documentación identificativa, 
 por lo que optaron por aumentar el salario de las nodrizas para 
 incentivar la salida de niños del Establecimiento. 	Además, 
 los expósitos de los pueblos recibían protección 
 social y sanitaria tanto de los ayuntamientos, que los incluían 
 en su lista de pobres (ya que, desde la promulgación del 
 Reglamento para los Servicios benéfico-sanitarios de los 
 pueblos, de 1891, los expósitos eran considerados, por 
 definición, pobres de solemnidad, por lo que tenían 
 derecho a servicio gratuito de médico y medicamentos), 
 como de las Juntas de Protección a la Infancia, que dependientes 
 de los Ayuntamientos, cooperaban con la Diputación en el 
 control de los expósitos de los pueblos. En resumen, era 
 muy difícil separar a los niños necesitados de protección 
 social o sanitaria en legítimos e ilegítimos. 	La aglomeración, 
 dentro de las grandes salas comunitarias de la Casa de Expósitos, 
 y el sistema de lactancia, donde una misma nodriza amamantaba 
 a varios niños, provocaban continuas epidemias infecciosas 
 y una elevada mortalidad infantil. Por el momento, la única 
 vacuna que se conocía era la antivariolica, y el suero 
 anti-diftérico comenzó a utilizarse a partir de 
 1894. 	Los niños 
 con sífilis congénita contagiaban a las nodrizas 
 durante la lactancia, y para su curación, la Casa de Expósitos 
 concedía unas pensiones. Pero las indicaciones médicas, 
 consistentes en la aplicación reiterada de productos mercuriales 
 sobre las lesiones (ya que, los primeros Salvarsanes se descubrieron 
 en 1909 y la Penicilina en 1943), eran, en ocasiones, desoídas 
 por las nodrizas, para continuar percibiendo las pensiones indefinidamente, 
 hasta que la enfermedad avanzaba y terminaban falleciendo. 	La lactancia 
 artificial se introdujo en la Casa de Expósitos en 1894, 
 para los niños enfermos, que las nodrizas no querían 
 amamantar, y porque el número de nodrizas resultaba insuficiente 
 para las necesidades existentes. En 1907, se empezó a utilizar 
 la leche de vacas vacunadas contra la Tuberculosis, procedente 
 de la institución benéfica municipal "La Gota 
 de Leche" (aunque la vacuna BCG de uso humano no se descubrió 
 hasta 1928). 	Desde 1910, la 
 preocupación por la higiene llevó a instalar en 
 el Establecimiento agua caliente y más calefacción, 
 a procurar que los niños tomaran el aire y el sol en prevención 
 del raquitismo, y que la leche estuviera homogeneizada y esterilizada 
 antes de consumirla. Y, posteriormente, se reformó el edificio 
 por dentro, se compartimentaron las grandes salas y se introdujeron 
 las bañeras. 	Entre los años 
 1919 y 1936 ingresaron en la Casa de Expósitos una media 
 de 200 niños al año. Un mismo médico atendía 
 a las parturientas de la Casa de Maternidad, y la alimentación 
 y enfermedades de los niños de la Casa de Expósitos. 
 Hasta que, en 1924, el desarrollo alcanzado por las especialidades 
 médicas motivó que se contratara, por separado, 
 a un médico puericultor y a otro ginecólogo, para 
 atender a ambos establecimientos benéficos. 	Durante la Guerra 
 Civil Española de 1936, los habitantes de la institución 
 se trasladaron a vivir al pueblo costero de Las Arenas, huyendo 
 de los bombardeos que sufría la capital, donde permanecieron 
 durante casi dos años. 	Después 
 de la Guerra, se unificaron las Juntas Directivas de la Casa de 
 Expósitos y Maternidad, y la Institución, en su 
 conjunto, paso a llamarse Casa Maternal de Vizcaya. 	En 1947, entró 
 en funcionamiento el Reglamento Nacional de Trabajo, que determinaba 
 categorías profesionales, salarios y derechos de los trabajadores, 
 resultando que algunos de los encargados de la Casa Maternal carecían 
 de los requisitos exigidos por la legalidad vigente. Así, 
 por ejemplo, se contrataron empleadas de la limpieza, trabajo 
 que venían desempeñando las nodrizas y Hermanas 
 de la Caridad por sueldos extremadamente recortados, y se suprimieron 
 las Juntas de la Caridad. 	En 1954, se cambió, 
 de nuevo, el nombre del Establecimiento, por el Instituto de Maternología 
 y Puericultura, y la Diputación encargó la dirección 
 del conjunto de los Establecimientos Benéficos de la provincia 
 a la Comisión de Beneficencia y Obras Sociales, que redactó 
 el "Reglamento de los Servicios Benéficos de Vizcaya", 
 en 1956.  	Nació 
 la Seguridad Social, un servicio sanitario estatal, que pronto 
 absorbió la mayor parte de la asistencia médica 
 pública, terminando con la labor que tradicionalmente venían 
 prestando los Centros Benéficos en este sentido. La mortalidad 
 infantil disminuyó gracias al avance experimentado por 
 la ciencia médica. 	Por otro lado, 
 después de la 2ª Guerra Mundial, la Asamblea General de 
 las Naciones Unidas aprobó, en 1948, la "Declaración 
 de los Derechos Humanos", donde se reconocía que toda 
 persona tenía derecho a una familia, unos apellidos, una 
 educación, unas libertades...Al tiempo que la población 
 comenzó a tomar conciencia de la flagrante injusticia social 
 que se cometía con los expósitos y demandaba leyes 
 que representaran mejor sus aspiraciones en el terreno de las 
 adopciones. Los especialistas en la materia ensalzaban que sólo 
 en el seno de una familia podía el niño huérfano 
 conseguir su pleno desarrollo físico y mental, mientras 
 que las Instituciones habían demostrado criar a los niños 
 faltos de afecto o tarados. Con este clima social, se reformó 
 la Ley de Adopciones, en 1958, donde por primera vez en la historia 
 de España, se concedía la adopción plena 
 de cualquier niño abandonado por sus progenitores durante 
 más de 3 años. 	Las familias 
 con hijos prohijados se apresuraron a adoptarlos para asegurar 
 sus vínculos jurídicos. Las personas con deseos 
 de adoptar perdieron el temor a que, en el futuro, los reclamara 
 la madre natural. Cada año eran menos los niños 
 que permanecían en la Institución sin haber sido 
 adoptados. La figura del niño expósito, sin padres 
 conocidos, desapareció, en cuanto fueron adoptados. 	Todavía, 
 la Ley de Adopciones se remodeló más, en 1970, para 
 permitir la adopción desde el sexto mes de abandono, con 
 la finalidad de que los niños sufrieran las menores carencias 
 afectivas posibles. Además, comenzaría a encargarse 
 de su tramitación el Servicio de Asistencia Social de la 
 Diputación, retirando esta labor de la Institución. 	Finalmente, las 
 peticiones de adopción desbordaron las posibilidades de 
 la antigua Casa de Expósitos, que ante la falta de niños 
 abandonados, en una sociedad que cada vez era menos pobre y más 
 laica, cerró sus puertas para siempre en 1984. 	Sin embargo, 
 el vetusto edificio, remodelado por dentro, continúa hoy 
 en día albergando al Centro de Salud de Santutxu. Mª del 
 Mar Varillas Martín, médica residente del Hospital 
 Txagorritxu de Vitoria-Gasteiz
 |