A
continuación expondremos las funciones que desempeñaban
las mujeres como miembros de la casa en el sistema del heredero
único de Gipuzkoa.
Dentro del sistema
sucesorio guipuzcoano, las mujeres podían gozar de la condición
de herederas, al tener la posibilidad de recibir la casa en herencia
bajo la finalidad de darle una continuidad. El estamento hidalgo
creó una modalidad sucesoria particular en torno a la casa,
según la cual el patrimonio debía transmitirse a
un solo hijo (que no tenía porqué ser el mayor)
que recibía tanto la casa como los bienes anejos, principalmente
las tierras y el honor y estatus de la casa. El resto de los hijos
recibía una "legítima" o cantidad pecuniaria que
en el caso de las hijas por lo general se otorgaba como dote.
Esta posibilidad
de las mujeres guipuzcoanas de ostentar la condición de
herederas derivaba de su pertenencia a la casa. Eran los padres
quienes nombraban a uno de sus hijos o hijas sucesor en función
de las necesidades de la casa. En cualquier caso, no por ello
se ha de entender que las mujeres tuvieran la misma consideración
que los hombres, ni que contaran con las mismas posibilidades
para ser nombradas sucesoras, ya que las casas guipuzcoanas preferían
que la herencia quedara en manos de los hombres. Aun así,
según hemos podido averiguar, atendiendo a las necesidades
de la familia y al ser miembros de la casa, podían perfectamente
ser nombradas herederas en los siguientes casos: cuando eran hijas
únicas o sólo se tenían hijas; cuando los
hijos no podían ser designados herederos o desempeñaban
otras funciones (sacerdocio, emigrantes a las Américas,
etc.); y, finalmente, cuando en vista de las circunstancias lo
más apropiado resultaba designar heredera a una hija (por
ejemplo, al contraer matrimonio con un hombre de buena casa).
Por otra parte, las mujeres podían heredar la casa a través
de sus hermanos, ya que con frecuencia las personas que no tenían
descendencia legaban sus bienes a sus hermanos para así
conservarlos dentro de su linaje. En estos supuestos, podía
darse el caso de que dicho familiar fuera una mujer, que al convertirse
en propietaria del patrimonio adquiría más poder
y autoridad que a su vez le otorgaban un mayor estatus. Del mismo
modo, también ellas transmitirían el patrimonio
adquirido. Las hidalgas guipuzcoanas, en su condición de
herederas, desempeñaron un importante papel, ya que de
esta forma garantizaban la continuidad de la casa.
Indudablemente, uno
de los aspectos más destacables de la mujer en el sistema
sucesorio y social de la hidalguía fue el relativo al matrimonio.
Gracias a los casamientos, que constituían auténticas
fuentes de relaciones sociales, las casas se enlazaban unas a
otras estableciendo de tal modo vínculos que agrupaban
a diversas casas y personas. Las redes del poder, las relaciones
mercantiles y el parentesco con personas pertenecientes a la Corona
de Castilla derivaban en gran medida de las bodas. En aquella
sociedad el matrimonio tenía un significado distinto al
actual; resultaba fundamental para dar continuidad a la casa,
ya que no se podía tener descendencia sin contraer matrimonio.
En el estamento hidalgo, además, el momento de la boda
constituía la ocasión para exponer y perpetuar el
poder y honor de la casa. Por tal motivo, el casamiento no era
un asunto que se dejara en manos de los hijos, sino que eran los
padres quienes adoptaban esta decisión. Por otra parte,
convenía casarse con miembros pertenecientes a una casa
de igual o mayor linaje, para así gozar de un buen estatus.
Dentro de este tejido
de relaciones que derivaban del matrimonio, la dote o el cúmulo
de bienes que la mujer aportaba al matrimonio era un elemento
de suma importancia. Con frecuencia, era todo lo que recibiría
de sus padres. Por otra parte, a pesar de que las dotes y las
legítimas suponían una considerable carga para muchas
casas, resultaban necesarias para mantener el equilibrio en el
sistema sucesorio, al tener que designar un solo heredero.
En este sistema de
relaciones y herencias, los casamientos de las hijas servían
para establecer lazos con otras casas. Las dotes otorgadas y recibidas
con ocasión del matrimonio reflejaban la calidad de la
casa, razón por la cual el futuro de la mujer dependía
en gran medida de la situación económica y necesidades
de su casa. Los padres trataban de casar sus hijas lo mejor posible,
aunque la situación económica no siempre lo permitía,
con lo cual, al no haber otro remedio, intentaban casar a una
de las hijas con el heredero de una casa, ofreciéndole
una buena dote, mientras que las demás recibían
dotes menos cuantiosas. De este modo, el porvenir de la mujer
vuelve a quedar ligado a la casa. También procuraban celebrar
buenas bodas para los hijos, pero éstos disponían
de otras vías para honrar a su casa.
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Etxekoandre
de una familia de mayorazgo de Oñate.
Año 1870
Foto: Enciclopedia Auñamendi |
Por último,
las hidalgas cumplían un importante papel como etxekoandres
dentro del sistema sucesorio, ya que en este estamento la figura
de los señores y señoras de la casa tenía
una gran relevancia. Recibían la casa en herencia generación
tras generación y se encargaban de gobernar la casa y el
patrimonio lo mejor posible para, a continuación, legar
a uno de sus hijos o hijas. Hay que tener en cuenta que en este
sistema social la actividad económica, las redes de poder
y la adquisición de los bienes (a través de la herencia)
se desarrollaban en torno a la casa y que su gobierno resultaba
un aspecto básico. Las herederas, así como las mujeres
que contraían matrimonio con el heredero de otra casa,
se convertían automáticamente en etxekoandres,
posición que implicaba asumir determinadas funciones, como
velar por los muertos y cuidar las tumbas, y conservar el puesto
que la casa mantenía en la Iglesia. No hay que olvidar
que eran los padres quienes designaban al heredero. Cuando las
mujeres enviudaban, y sobre todo cuando los hijos eran aún
menores de edad, se hacían cargo del gobierno y gestión
del patrimonio de la casa. En tal sentido, bien se puede afirmar
que trabajaban como los señores de la casa, aun cuando
en la jerarquía interna era claramente el marido quien
detentaba el poder.
Éstas son,
según hemos concluido de nuestras averiguaciones, las funciones
más importantes que las mujeres desempeñaban en
el sistema hereditario guipuzcoano durante los siglos XVI-XVIII,
aunque todavía queda mucho por estudiar. Nuestro propósito
es seguir indagando en las funciones que las hidalgas desempeñaban
en su sistema social.
Oihane Oliveri Korta, licenciada en
Historia |