Nobleza y señoríos en la Navarra Moderna. Entre la solvencia y la crisis económica
Jesús Mª Usunáriz


1. El régimen señorial en Navarra

El régimen señorial en España ha venido siendo objeto de atención en las últimas décadas, y su estudio ha sido, desde los años sesenta, uno de los pilares de la renovación de los estudios de historia económico-social del Antiguo Régimen. De esta forma contábamos con atractivos estudios realizados para el Levante, Andalucía, Extremadura, Castilla, Cataluña, Asturias y Galicia, pero no existía ninguno sobre el antiguo reino de Navarra. Es verdad que la extensión del señorío navarro y la población bajo régimen señorial apenas superó el 15% en el conjunto del reino. Pero también lo es que en algunas de sus circunscripciones, en concreto las denominadas merindades de Estella, Olite y Tudela, tales cifras se duplican, con más del 30% de la población y de la superficie bajo algún tipo de dominio señorial. Una situación que dio lugar a una determinada forma de administración de justicia, a unos vínculos, en muchas ocasiones conflictivos, entre monarcas, señores y pueblos y a unas determinadas relaciones sociales y económicas entre señores y campesinos. Y es en este último aspecto en el que se centró la publicación Nobleza y señoríos en la Navarra Moderna. Entre la solvencia y la crisis económica,que publiqué en 1997.


2. Tipos de señoríos

Son tres tipos de señoríos los que se encuentran en la Navarra de la Edad Moderna, como atestigua un informe del Consejo Real de Navarra en el siglo XVIII: el señorío jurisdiccional – en donde los señores sólo ejercer la administración de justicia-, el señorío solariego – donde el señor ejerce la justicia y tiene la plena propiedad de buena parte de su territorio- y el señorío impropio –los que reciben esta categoría, sin nombramiento alguno, y sus titulares son sólo propietarios, sin ejercer jurisdicción-, una división que ayudará a explicar la evolución del régimen señorial.

Unos señoríos cuya administración fue muy similar a la de otras casas nobiliarias -Osuna, Infantado-, aunque ciertamente menos compleja; unos señoríos cuya pervivencia se fundamentó en el mayorazgo y en la acumulación de éstos por determinadas familias, al menos hasta que comenzaron a dictarse las primeras medidas restrictivas contra las vinculaciones en los años finales del Setecientos, y que en Navarra no se harían efectivas hasta 1817 y años posteriores.


3. Los ingresos

En la citada obra son varios los capítulos que analizan en profundidad los ingresos de las casas nobiliarias, en sus diferentes variantes.

Las rentas enajenadas de la Corona.

¿Qué papel jugaron en las economías nobiliarias navarras las rentas enajenadas de la Corona? El problema no es baladí en la medida en que buena parte de los autores consideran que gran número de aristócratas se mantenía gracias a la percepción de rentas reales enajenadas, en un fenómeno que Bartolomé Yun, ha calificado de "feudalismo de Estado". En Navarra, si bien los duques de Alba –condes de Lerín- se nutrieron en gran medida de la percepción de un ingreso como los cuarteles y alcabalas –cantidades asignadas a la Corona por las Cortes del reino-, de mercedes sobre la renta de las "tablas" –aduanas- y de salarios por oficios honoríficos, la mayor parte de las casas nobiliarias no se sostuvieron con tales ingresos, máxime cuando durante la Edad Moderna los monarcas tuvieron especial cuidado de que el real patrimonio en el reino no escapara de sus manos.

Los monopolios

Tampoco los monopolios –"los privilegios exclusivos y prohibitivos"- supusieron una importante fuente de ingreso, aunque sí un símbolo visible de poder y dominio del señor en una localidad, que provocó un sinfín de conflictos en los tribunales.

Los derechos sobre la tierra

Por ello, la principal característica de esta nobleza señorial navarra, era su forma de entender sus derechos sobre la tierra, de la que percibía la mayor parte de sus ingresos. Existieron dos maneras de ser y de ejercer el señorío: una la de aquellos señores que tenían jurisdicción pero a los que no se reconocía ningún derecho sobre la tierra; otra en las que el señor jurisdiccional era también un importante hacendado. En este segundo caso, además, los regímenes de tenencia eran dos: el dominio compartido, en el que se incluyen las tierras pecheras –sujetas a un canon, denominado pecha-; y la propiedad plena, que se pagaba en forma de rentas, bien mediante la partición de frutos, bien mediante un contrato de arrendamiento. El primer caso, el de las pechas, fue la fuente del mayor enfrentamiento social en Navarra. Y todo ello porque las partes tenían visiones diferentes de lo que era la pecha: ¿era la pecha fruto del dominio compartido, similar a un censo enfitéutico? ¿Era la pecha una mera figura de origen medieval, pagada sólo por los labradores en virtud de su condición? En estas cuestiones se mezclan problemas económicos, como el de la determinación de quién era el verdadero propietario de las tierras, o de consideración social, en cuanto que ser pechero suponía pertenecer a uno de los escalones sociales más despreciados.

La evolución de los ingresos y de los gastos de las casas nobiliarias

La evolución de los ingresos señoriales, a partir de los casos del marquesado de San Adrián y del señorío de Sartaguda, concuerda con lo que ocurría en otros lugares de España, es decir, la moderada elevación de las rentas en la segunda mitad del siglo XVIII, con un especial incremento en los años setenta y ochenta de esa centuria. Un período de bonanza que se truncó durante la guerra de la Independencia, que volvió a recuperarse en la década de los veinte, del siglo XIX, y que volvería a resentirse como consecuencia de los embates de la guerra carlista.

En cuanto a los gastos, sí parece claro que el apoyo de la Corona, junto a la institución del mayorazgo, hizo posible que importantes casas nobiliarias pudieran salir a flote del endeudamiento en el que había caído como consecuencia del recurso habitual al préstamo, a través de la figura de los censos consignativos. No obstante, el endeudamiento no fue generalizado, y la nobleza señorial puede considerarse como una nobleza provincial de buenos administradores, gracias al control del gasto y a la compra de nuevas propiedades. Algo que se equipara a lo descrito por Pedro Ruiz Torres, según el cual, si bien la nobleza titulada con más poder entró en crisis, los más modestos pudieron adaptarse a los nuevos tiempos, e incluso beneficiarse de las nuevas circunstancias.


Jesús Mª Usunáriz, Departamento de Historia-Universidad de Navarra

Euskonews & Media 129.zbk (2001 / 6-29 / 7-6)


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