1. El régimen señorial
en Navarra
El
régimen señorial en España ha venido siendo
objeto de atención en las últimas décadas,
y su estudio ha sido, desde los años sesenta, uno de los
pilares de la renovación de los estudios de historia económico-social
del Antiguo Régimen. De esta forma contábamos con
atractivos estudios realizados para el Levante, Andalucía,
Extremadura, Castilla, Cataluña, Asturias y Galicia, pero
no existía ninguno sobre el antiguo reino de Navarra. Es
verdad que la extensión del señorío navarro
y la población bajo régimen señorial apenas
superó el 15% en el conjunto del reino. Pero también
lo es que en algunas de sus circunscripciones, en concreto las
denominadas merindades de Estella, Olite y Tudela, tales cifras
se duplican, con más del 30% de la población y de
la superficie bajo algún tipo de dominio señorial.
Una situación que dio lugar a una determinada forma de
administración de justicia, a unos vínculos, en
muchas ocasiones conflictivos, entre monarcas, señores
y pueblos y a unas determinadas relaciones sociales y económicas
entre señores y campesinos. Y es en este último
aspecto en el que se
centró la publicación Nobleza y señoríos
en la Navarra Moderna. Entre la solvencia y la crisis económica,que
publiqué en 1997.
2. Tipos de señoríos
Son tres tipos de
señoríos los que se encuentran en la Navarra de
la Edad Moderna, como atestigua un informe del Consejo Real de
Navarra en el siglo XVIII: el señorío jurisdiccional
– en donde los señores sólo ejercer la administración
de justicia-, el señorío solariego – donde el señor
ejerce la justicia y tiene la plena propiedad de buena parte de
su territorio- y el señorío impropio –los que reciben
esta categoría, sin nombramiento alguno, y sus titulares
son sólo propietarios, sin ejercer jurisdicción-,
una división que ayudará a explicar la evolución
del régimen señorial.
Unos señoríos
cuya administración fue muy similar a la de otras casas
nobiliarias -Osuna, Infantado-, aunque ciertamente menos compleja;
unos señoríos cuya pervivencia se fundamentó
en el mayorazgo y en la acumulación de éstos por
determinadas familias, al menos hasta que comenzaron a dictarse
las primeras medidas restrictivas contra las vinculaciones en
los años finales del Setecientos, y que en Navarra no se
harían efectivas hasta 1817 y años posteriores.
3. Los ingresos
En la
citada obra son varios los
capítulos que analizan en profundidad los ingresos de las
casas nobiliarias, en sus diferentes variantes.
Las rentas enajenadas
de la Corona.
¿Qué papel
jugaron en las economías nobiliarias navarras las rentas
enajenadas de la Corona? El problema no es baladí en la
medida en que buena parte de los autores consideran que gran número
de aristócratas se mantenía gracias a la percepción
de rentas reales enajenadas, en un fenómeno que Bartolomé
Yun, ha calificado de "feudalismo de Estado". En Navarra,
si bien los duques de Alba –condes de Lerín- se nutrieron
en gran medida de la percepción de un ingreso como los
cuarteles y alcabalas –cantidades asignadas a la Corona por las
Cortes del reino-, de mercedes sobre la renta de las "tablas"
–aduanas- y de salarios por oficios honoríficos, la mayor
parte de las casas nobiliarias no se sostuvieron con tales ingresos,
máxime cuando durante la Edad Moderna los monarcas tuvieron
especial cuidado de que el real patrimonio en el reino no escapara
de sus manos.
Los monopolios
Tampoco los monopolios
–"los privilegios exclusivos y prohibitivos"- supusieron
una importante fuente de ingreso, aunque sí un símbolo
visible de poder y dominio del señor en una localidad,
que provocó un sinfín de conflictos en los tribunales.
Los derechos sobre
la tierra
Por ello, la principal
característica de esta nobleza señorial navarra,
era su forma de entender sus derechos sobre la tierra, de la que
percibía la mayor parte de sus ingresos. Existieron dos
maneras de ser y de ejercer el señorío: una la de
aquellos señores que tenían jurisdicción
pero a los que no se reconocía ningún derecho sobre
la tierra; otra en las que el señor jurisdiccional era
también un importante hacendado. En este segundo caso,
además, los regímenes de tenencia eran dos: el dominio
compartido, en el que se incluyen las tierras pecheras –sujetas
a un canon, denominado pecha-; y la propiedad plena, que se pagaba
en forma de rentas, bien mediante la partición de frutos,
bien mediante un contrato de arrendamiento. El primer caso, el
de las pechas, fue la fuente del mayor enfrentamiento social en
Navarra. Y todo ello porque las partes tenían visiones
diferentes de lo que era la pecha: ¿era la pecha fruto del dominio
compartido, similar a un censo enfitéutico? ¿Era la pecha
una mera figura de origen medieval, pagada sólo por los
labradores en virtud de su condición? En estas cuestiones
se mezclan problemas económicos, como el de la determinación
de quién era el verdadero propietario de las tierras, o
de consideración social, en cuanto que ser pechero suponía
pertenecer a uno de los escalones sociales más despreciados.
La evolución
de los ingresos y de los gastos de las casas nobiliarias
La evolución
de los ingresos señoriales, a partir de los casos del marquesado
de San Adrián y del señorío de Sartaguda,
concuerda con lo que ocurría en otros lugares de España,
es decir, la moderada elevación de las rentas en la segunda
mitad del siglo XVIII, con un especial incremento en los años
setenta y ochenta de esa centuria. Un período de bonanza
que se truncó durante la guerra de la Independencia, que
volvió a recuperarse en la década de los veinte,
del siglo XIX, y que volvería a resentirse como consecuencia
de los embates de la guerra carlista.
En cuanto a los gastos,
sí parece claro que el apoyo de la Corona, junto a la institución
del mayorazgo, hizo posible que importantes casas nobiliarias
pudieran salir a flote del endeudamiento en el que había
caído como consecuencia del recurso habitual al préstamo,
a través de la figura de los censos consignativos. No obstante,
el endeudamiento no fue generalizado, y la nobleza señorial
puede considerarse como una nobleza provincial de buenos administradores,
gracias al control del gasto y a la compra de nuevas propiedades.
Algo que se equipara a lo descrito por Pedro Ruiz Torres, según
el cual, si bien la nobleza titulada con más poder entró
en crisis, los más modestos pudieron adaptarse a los nuevos
tiempos, e incluso beneficiarse de las nuevas circunstancias.
Jesús Mª Usunáriz,
Departamento de Historia-Universidad de Navarra |