Planes de emergencia en el País Vasco
* Traducción al español del original en euskera
Iñaki Inoriza

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al igual que cualquier territorio de similares características, esta sometido a una serie de riesgos a los que una Administración Publica moderna y eficaz debe hacer frente.

El primer paso para minimizar los efectos de los riesgos es determinar su existencia y las dimensiones en las que se pueden llegar a presentar. Según el Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) (Decreto 153/97, de 24 de Junio) la relación de riesgos a los que esta sometida la Comunidad Autónoma es:

IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS

Edificio derrumbado por SeismoAlgunos de los riesgos enumerados dadas sus propias características nunca podrán alcanzar grandes magnitudes, salvo para las personas directamente afectadas, tal es el caso de desaparición de personas, o pequeños accidentes de tráfico. Otros, dadas las condiciones propias de la Comunidad, no es previsible que en nuestro Territorio alcancen dimensiones catastróficas, tal es el caso del riesgo Sísmico.

Para hacer frente a las situaciones provocadas por estos tipos de riesgos, que en principio y desde un punto de vista de Comunidad Autónoma, no se prevé que alcancen dimensiones catastróficas, el mecanismo de respuesta articulado son las Tácticas Operativas. Este mecanismo de respuesta determina las medidas a adoptar y los criterios para la movilización de medios y recursos según el tipo de incidente.

En el supuesto de que uno de estos riesgos se manifestara y lo hiciera con una virulencia tal que la estructura ordinaria de emergencias no fuera suficiente para hacerle frente con garantías el mecanismo de respuesta establecido es la activación del anteriormente citado Plan de Protección Civil de Euskadi – Larrialdiei Aurregiteko Bidea (LABI).

El LABI representa el elemento superior del sistema de atención de emergencias regulado en la Ley de Gestión de Emergencias 1/1996, de 3 de abril, y cuyo fin es hacer frente a cualquier tipo de accidente grave, catástrofe o calamidad publica, que se ocasione o provoque efectos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi independientemente de las características del riesgo.

Su finalidad al igual que la de cualquier otro plan de emergencia, dirigido por la administración, es permitir adaptar las estructuras institucionales a la nueva situación planteada como consecuencia de la emergencia, en orden a conseguir el mayor grado posible de seguridad de los ciudadanos y de los bienes, tanto públicos como privados.


Intervención en accidente de materias peligrosas.

Además de esta función de articular la respuesta ante cualquier tipo de gran emergencia el LABI, en su calidad de plan director, tiene también como objetivo fijar la estructura general de la planificación de protección civil de la Comunidad Autónoma. En este sentido establece los riesgos que deben de ser objeto de plan especial y cuya planificación es competencia de la Administración de la C.A.P.V.:

    • Accidente grave industrial (Directiva Seveso)
    • Transporte de mercancías peligrosas
    • Incendios forestales
    • Inundaciones

En referencia a otros riesgos tratados de forma clásica por la protección civil como el riesgo de las centrales nucleares o el riesgo bélico, la responsabilidad oficial de planificar su respuesta no corresponde a la Administración de esta Comunidad Autónoma. Por otra parte, no estamos afectados o no lo estamos con la suficiente entidad para tener que planificar la respuesta ante riesgos significativos en otras comunidades como el volcánico o el sísmico.

El riesgo que implican las actividades industriales esta regulado en la Unión Europea a través de la denominada Directiva Seveso. En esta normativa se establecen las características de las industrias que previsiblemente pudieran llegar a ocasionar daños, en el supuesto de un accidente, más allá de sus propias instalaciones. En esta normativa se determinan una serie de obligaciones tanto para el industrial como para la administración a fin de mejorar los niveles de seguridad y tener prevista la respuesta en caso de que el riesgo se manifestara, a fin de minimizar los daños ocasionados. IncendioActualmente en nuestra Comunidad existen 12 industrias sujetas a esta normativa, siendo previsible que en breve plazo se produzca un incremento de su número dado el cambio producido en la normativa hacia mayores niveles de exigencia. Estas 12 instalaciones cuentan con su correspondiente plan de emergencia.

El País Vasco es un importante productor y consumidor de sustancias clasificadas como peligrosas, esto añadido a nuestra ubicación dentro de la red de comunicaciones de la Península hace que el flujo de sustancias de mercancías peligrosas por nuestro Territorio sea muy importante. Los estudios más recientes cifran en 3.778.358 Tm la cantidad anual de estas sustancias que circulan por vía terrestre por la CAPV. Ante este riesgo nuestra Comunidad se ha dotado de un plan de emergencia que en la actualidad se haya en fase de homologación por parte de la Administración Estatal.

El riesgo Natural más severo al que estamos sometidos es, sin lugar a dudas, el riesgo de inundaciones. Las inundaciones de agosto de 1983 constituyen el episodio catastrófico en que el estado habitual de nuestra Comunidad se ha visto más seriamente afectado de los últimos 30 años. Con el fin de hacer frente a este riego, nuestra Administración se ha dotado del Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones de la CAPV aprobado en Consejo de Gobierno de 8 de junio de 1999 y publicado en el BOPV de 19 de febrero de 2000.

Los incendios forestales son otro riesgo presente en nuestra Comunidad sin que el mismo alcance ni la virulencia ni la frecuencia que en otras Comunidades de nuestro entorno. Por otra parte su distribución temporal en la practica totalidad de nuestro Territorio Incendio forestaldifiere del resto de Comunidades de clima Mediterráneo, así nuestro mayor riesgo se presenta en épocas de Otoño e Invierno, siendo más reducido durante el Verano. El Plan de Emergencia para Incendios Forestales de la CAPV fue aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno el 3 de febrero de 1998 y publicado en el BOPV de 23 de marzo de 1998.

Otro de los objetivos del LABI en su calidad de Plan Director es fijar las directrices para los planes de protección civil municipales. En este sentido, el LABI establece que los ayuntamientos de los municipios de más de 20.000 habitantes deberán realizar su propio plan de emergencia. Durante los últimos 3 años todos los municipios vascos de mas de 20.000 habitantes y la práctica totalidad de los de más de 5.000 han realizado su propio plan o han revisado el anteriormente realizado. En conjunto, 73 municipios de la CAPV cuentan con plan de emergencia municipal actualizado o están en fase de redacción-revisión del mismo en estos momentos.

ABADIÑO

AZPEITIA

DONOSTIA

GERNIKA

ABANTO

BALMASEDA

DURANGO

GETXO

ALONSOTEGI

BARAKALDO

EIBAR

GUEÑES

AMOREBIETA

BASAURI

ELGOIBAR

HERNANI

AMURRIO

BEASAIN

ELORRIO

HONDARRBI

ANDOAIN

BERGARA

ERANDIO

IGORRE

ARETXABALETA

BERMEO

ERMUA

IRUN

ARRASATE

BILBAO

ETXEBARRI

LANTARON

ARRIGORRIAGA

DEBA

GALDAKAO

LASARTE

AZKOITIA

   
LEGAZPIA MUNGIA

RENTERIA

USURBIL

LEGUTIANOMUZKIZ

SANTRURTZI

VALDEGOBIA

LEIOA OIARTZUN

SESTAO

VILLABONA

LEKEITIO ONDARROA

SONDIKA

VITORIA

LEZO OÑATI

SOPELANA

ZALLA

LOIU ORDIZIA

TOLOSA

ZARAUZ

LLODIO ORIO

TRAPAGA

ZIERBENA

MARKINA PASAIA

URNIETA

ZUMAIA

MOTRIKU PORTUGALETE

URRETXU

ZUMARRAGA

Otro campo de la realización de planes de emergencia en que se han dado grandes pasos en los últimos años son los planes de autoprotección. Estos documentos contemplan las actuaciones que un determinado colectivo (colegio, industria, centro administrativo, etc.) debe acometer para preservar su seguridad, tanto en situaciones de riesgo como las actuaciones destinadas a la Inundaciones Llodio 83prevención y previsión. En este capítulo reviste singular interés la labor que desde esta Administración se ha llevado a cabo a fin de procurar que todos los centros de educación primaria y secundaria de nuestra Comunidad cuenten con su correspondiente plan de emergencia escolar. En la actualidad, 949 centros escolares cuentan con su correspondiente plan de autoprotección.

Como se puede observar, la realización de planes de emergencia por parte de la Administración Vasca ha sido intensa durante los últimos años. Sin embargo, hay que tener en cuenta que esta labor nunca se encuentra concluida, siempre será susceptible de mejora debiéndose revisar constantemente el trabajo realizado y acometiendo nuevas líneas de actuación a fin de procurar un mayor grado de seguridad.


Iñaki Inoriza, Responsable del Servicio de Planificación. Dirección de Atención de Emergencias. Departamento de Interior. Gobierno Vasco 

Euskonews & Media 112.zbk (2001 / 2-23 / 3-2)


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