Habría que empezar por decir que
todos los partidos tuvieron la oportunidad de enviar cada cual
su propio Anteproyecto de Estatuto. Así lo hicieron once;
el duodécimo, EMK, no quiso hacerlo en ese momento, según
dijeron, por haberle discriminado al recién estrenado
parlamentario Iturrioz. Los citados once fueron, en orden de
entrada al registro de la Secretaría del Consejo General
Vasco de Gasteiz, los siguientes: LKI, PCE/EPK, PSE/PSOE, PNV/EAJ,
PT, ORT, EK/Partido Carlista, EE, UCD, AP y ELA. El primer plazo
finalizó el 25 de noviembre, y a continuación se
nombró una Ponencia-Comisión formada por 20 miembros.
Hay que decir que HB pudo haberlo hecho, pero que por aquel entonces
no solía participar en las instituciones, y que otros,
PT, ORT y EPK, no pudieron entrar por carecer de representación
parlamentaria.
 Ponencia redactora del Estatuto
en su primera reunión
(20-XI-1978, Vitoria - Gasteiz). Foto: Enc. Auñamendi
Resultaría interesante
conocer los textos presentados por cada grupo en lo que respecta
a la lengua.
Aunque resulte asombroso, la
frase siguiente, que constaba entre las propuestas: "la
normalización lingüística del euskera, que
permita superar la actual situación diglósica
de Euskadi", y la palabra "diglosia" sonaba a
enfermedad al representante de AP, solicitando su eliminación.
Otro comisionado, abogado y por aquel entonces miembro del Partido
Nacionalista Vasco alavés, manifestó desconocer
tal jerga y abogó por su supresión. Le replicamos
que también en la jerga jurídica existían
palabras raras, y que las correspondientes a otras disciplinas
se solían aceptar. De cualquier forma, no se incluyó.
Finalmente, el texto quedó
del siguiente modo, "que el euskara es la lengua propia
de Euskal Herria", redactado de idéntica manera que
el texto para Cataluña del proyecto de Sau, es decir,
"la llengua propia de Catalunya es el catalá".
Eso pasaría más tarde tanto al nuestro, como al
de Galicia y de las Baleares. Desgraciadamente, en Navarra y
Valencia no sucedió lo mismo, "gracias" a los
navarristas y valencianistas.
En el segundo apartado, la regulación
de la oficialidad de la lengua se deja en manos de las instituciones
comunes. ¿Y cuáles son éstas? Evidentemente,
el Parlamento Vasco y el Gobierno Vasco por una
parte, como legislativo y administración. Asimismo hay
un tercero que es una Institución académica, es
decir, Euskaltzaindia-Real Academia de la Lengua Vasca.
También resulta interesante
el tercer apartado, el de la no discriminación, y el quinto,
porque desde el punto de vista de la estrategia nacional es muy
importante que el Estatuto de Autonomía tenga también
presente el País Vasco continental y la relación
con él. Eso mismo pudo haber sucedido en otro artículo
del Estatuto, con respecto a la Comunidad Foral de Navarra, si
bien para nuestra desgracia nos han faltado interlocutores. Lo
cierto es que hubo un momento en que esa posibilidad con respecto
a Navarra existió, en la época en que Alli era
presidente de nuestra comunidad oriental. Pero, lamentablemente,
se fue a pique. El principal obstáculo del País
Vasco continental es la falta de departamento, puesto que su
centro se ubica en Pau, en la histórica capital del Béarn.
Y, la capital de la llamada "region", está en
Bordeaux, está más lejos y ajeno aún. De
todos modos, se celebró una reunión en Dantzarinea
(Ainhoa) entre Ardantza, Alli y Valade, aunque no pasó
de ahí. Al parecer, no se acordaban de que Urdazubi, cuna
de Axular, se encuentra en la misma demarcación de Dantzarinea.
Algún día se fundará la Institución
Axular, la equivalente al "Instituto Cervantes" español
o el llamado "Francophonie" de los franceses, precisamente
en la propia casa de Axular. Pero para eso habrá que cambiar
la correlación de fuerzas en el Parlamento Foral de Navarra,
y conseguir el departamento. Por lo tanto, no se trata de un
problema del interlocutor de Gasteiz, sino, entre otras cosas,
de no haber ningún otro interlocutor.
La Ley Básica para la
Normalización del Euskara, aprobada por el Parlamento
Vasco el 24 de noviembre de 1982, desarrolla el artículo
6. Desgraciadamente, tres años más tarde los partidos
estatalistas de Madrid se reforzaron con la llegada de Felipe
González al Gobierno, impulsando a finales de dicho año
su partido junto con el UCD la famosa LOAPA. Todo ello trajo
consigo una especie de afianzamiento de la hegemonía castellana,
emergiendo un problema: la falta de unidad estratégica
entre los nacionalistas, como consecuencia de la cual no pudieron
llevarse a cabo ciertos desarrollos sobre la lengua partiendo
de las oportunidades que ofrecía y ofrece el artículo
6 del Estatuto. La culpa, por lo tanto, no es del mencionado
artículo del Estatuto, sino de esos otros problemas.
Del artículo 10, relativo
a las competencias de Euskal Herria, destacaría los siguientes
apartados: 17, 18, 19 y 20, es decir, los concernientes a la
cultura, bellas artes, historia, arte monumental, arqueología,
patrimonio científico, archivos-bibliotecas, museos, etcétera.
El texto otorga la competencia exclusiva sobre dichos ámbitos,
si bien el modo de ejercerlas y de realizar las distribuciones
entre las administraciones son otra cuestión. Eso nos
llevaría mucho tiempo y no es nuestro objetivo actual.
Por último, mencionaría
el artículo 22 del Estatuto, puesto que en sus tres apartados
alude a tres temas de interés: uno, la posibilidad de
suscribir convenios de distribución entre las Comunidades
Autónomas para realizar la gestión de servicios
exclusivos de su competencia y para ayudarse mutuamente. En general,
la Comunidad Autónoma puede realizar convenios con otros
territorios históricos forales para gestionar los servicios
que se hallen entre sus competencias y ayudarse recíprocamente.
En ambos se aprecia claramente que Navarra, la Comunidad Foral
y la Diputación Foral, pues ambos son lo mismo, puede
suscribir convenios tanto con el Gobierno Vasco, como con las
Diputaciones. ¡Qué más perentorios que sobre
la lengua y la cultura! En el caso de la lengua y de la cultura,
y por poner un par de ejemplos, están Euskaltzaindia-Real
Academia de la Lengua Vasca y Eusko Ikaskuntza-Sociedad de Estudios
Vascos, creadas por las cuatro Diputaciones. El que no se hayan
desarrollado los necesarios, aparte de para problemas puntuales,
yel que no se haya fundado una institución del tipo de
"Taalunie", no ha sido debido a la ausencia de un Estatuto,
sino por los derroteros que han seguido las correlaciones de
las fuerzas, por la falta de estrategias comunes por parte de
las fuerzas vascófilas, y por la malvada estrategia de
las fuerzas estatalistas y, más especialmente, de las
navarristas.
Jose Luis Lizundia
Askondo, Subsecretario Gerente de Euskaltzaindia y ex-Parlamentario |